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domingo, 29 de julio de 2012

DEJEN DE MANIPULAR A SUS HIJOS


Julio de 2012

En España la manipulación de los hijos llega a ser escandalosa y permitida por la justicia en grado máximo.




Salud PSICOLOGIA | Maltrato en la familia

Dejen de manipular a sus hijos

Los niños son siempre los grandes perjudicados en una separación.| El Mundo


Una fundación les protege de las tensiones que surgen en una ruptura. Algunas personas utilizan a los niños como arma arrojadiza contra sus ex.


Patricia Matey | Madrid


A quién quieres más, ¿a papá o a mamá?'. 'Tu padre no te quiere, ¿no ves que no me da dinero?'... Ningún menor debería nunca escuchar frases como éstas, y para luchar contra ello nació precisamente la Fundación Filia de Amparo al Menor, que "lucha por la concienciación de la sociedad frente a un tipo de maltrato disfrazado y ejercido por los padres a sus propios hijos, a los que somete a un conflicto parental a través de la manipulación tras el divorcio".

Como explica su presidenta, Lucía del Prado, "esta iniciativa surge hace ya más de un año, a través de un grupo de profesionales expertos en la materia, que están tratando a padres y madres que sufren esta dramática situación. Algunos de ellos han perdido el contacto completamente con sus hijos, debido a que uno de los progenitores, a través de la manipulación, los utiliza como armas arrojadizas, alejándoles del otro y llegando a perder el vínculo para siempre. Hay muchas pequeñas asociaciones, pero no existía nada que realmente luchara por la protección del menor, en este ámbito, de ahí que creáramos la Fundación".

Cada año se producen en España una media de 150.000 procesos de divorcio, de los cuales casi un 30% son de tipo contencioso: 30.000 menores se ven afectados por ello. "Esto son las estadísticas oficiales, y no tienen nada que ver con la realidad. Sabemos que los casos van en aumento. De hecho, podemos decir que estamos ante una nueva alarma social. Tanto es así que hemos iniciado la creación de una Comisión de Investigación para dar a conocer esta realidad, prevenir y paliar las consecuencias que se producen en los menores", argumenta Lucía del Prado.


Una experiencia estresante


La Asociación Americana de Psiquiatría considera la ruptura conyugal "una experiencia muy estresante para los hijos que puede tener consecuencias a corto, medio y largo plazo y que es capaz, además, de generar problemas físicos, emocionales, escolares y sociales".

Si a ello se suma que muchos de estos padres 'utilizan a sus hijos' como armas arrojadizas contra sus ex parejas, las 'secuelas' para el menor pueden ser aún más graves.

Como denuncia Ramón, en la sección 'Ser joven' de la página web de la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (AEPAP). "Me sentía como un traidor. Cuando volvía a casa el domingo por la noche, mi madre me sometía a un 'tercer grado': que cómo era la nueva novia de papá, que si me reñía, que si tenían lavavajillas o si iban al cine. En fin, quería saberlo todo. Un día me harté y le contesté: Yo no soy un espía, soy vuestro hijo. De los dos. Esas preguntas tuyas me hacen sentir mal. Si quieres saber esos detalles, llama a papá".

Según la Fundación Filia, "se entiende que el menor tras una separación tiene la necesidad de estar con ambos padres con independencia de cuál de los dos ejerza la guarda y custodia. El problema surge cuando uno o ambos progenitores no ha superando dicho duelo de separación y hacen partícipes a sus hijos de los problemas que pudieran existir en la pareja y que ha forzado su ruptura, obligándoles a tomar partido, triangulándolos en definitiva en el conflicto de la pareja".

Es en estos casos cuando "decimos que lo que opinan los menores está sugestionado y/o mediatizado por su progenitor, formando alianzas a favor de uno u otro, entrando en la disputa como si fuera uno de los adultos", denuncia esta institución formada por un equipo multidisciplinar.

Niños manipulados

Y así es como el sufrimiento del menor se hace visible. Los síntomas de la manipulación van desde "encerrarse en el cuarto, no comunicarse con la familia, tener ira, hasta mentir habitualmente, tener sentimientos de culpa y abandono, rechazo, impotencia, indefensión, ansiedad, depresión o bajo rendimiento escolar".

En palabras de la presidenta de la Fundación se "trata de un proceso largo. Las campañas de descrédito hacia la ex pareja empiezan generando desconfianza, introversión que con el tiempo se convierten en miedo. Y posteriormente rechazo, para terminar en la pérdida del vínculo".

A través de un equipo de profesionales, "la fundación Filia proporciona terapias de apoyo a los menores y al resto de la familia y cuenta con una 'escuela de padres' e intervención 'online' y telefónica. Se suma a todo ello su asesoramiento jurídico".

lunes, 28 de mayo de 2012

Una jueza denuncia que ya hay españoles en la cárcel sólo por decir a sus mujeres: “Vete a la mierda”

Ya existen españoles con penas de seis meses de cárcel sólo por decir a sus mujeres “vete a la mierda”. Así lo revela la  magistrada María Sanahuja, ex decana de los jueces de Barcelona. Sanahuja emplaza a los escépticos a que acudan a los juzgados de lo penal a comprobar ese dato y denuncia que en España se vulnera la presunción de inocencia de los varones.
Como viene siendo habitual cada vez que Sanahuja ofrece datos demoledores que ponen en entredicho las bondades de la ideología de género, las feministas han vuelto a arremeter contra ella y contrala generalidad de jueces que han recurrido algunos de los artículos de la polémica Ley de Igualdad y de Violencia de Género, impulsada por una ministra, Leire Pajín, con el mismo curriculum académico que Paquirrín. Es decir, ninguno.
Pajín ha respondido a la ex decana de los jueces barceloneses afirmando que las mujeres parten de una situación de desigualdad y que, por ese motivo, “no es igual el maltrato a un hombre que a una mujer”. Debe ser que la ministra encuadra a los varones españoles en una especie aún sin catalogar o simplemente que no se haya leido el artículo 14 de la Constitución Española, capítulo segundo – derechos y libertades, que señala: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra concidición o circustancia personal o social”.
Este principio constitucional colisiona sin embargo con los articulados de la Ley de Violencia de Género. Estos son algunos de los casos: 
Art: 153.1:”El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ocheta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.
Art: 57.2: “Cuando un Juez que esté conociendo de un procedimiento civil tuviese la noticia de la posible comisión de un acto de volencia de género, que no haya dado lugar a la iniciación de un proceso penal, ni a dictar una orden de protección, tras verificar que concurren los requisitos del párrafo tercero del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberá inmediatamente citar a las partes a una comparecencia con el Ministerio Fiscal que se celebrará en las siguientes 24 horas a fin de que éste tome conocimiento de cuantos datos sean relevantes sobre los hechos acaecidos. Tras ella, el Fiscal, de manera inmediata, habrá de decidir si procede, en las 24 horas siguientes, a denunciar los actos de violencia de género o a solicitar orden de protección ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer que resulte competente”.
Art: 171.4: “El que DE MODO LEVE amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajo en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curantela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.
Art: 172.2: “El que DE MODO LEVE coaccione a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres año, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.
Por consiguiente, se deduce que tanto el Gobierno socialista como las feministas creen que la violencia doméstica sólo existe si es el hombre quien presuntamente agrede a su pareja, nunca al revés. En su forma de ver las cosas, los hombres nunca son los maltratados, aunque las estadísticas sostengan lo contrario.
Algunos jueces sensatos ya han advertido de que, con la citada ley, cualquier hombre podría ser condenado si al calor de una discusión se le escapa alguna expresión no apta para oidos tan castos como el de la ministra Pajín. Ellas en cambio sí tienen ‘barra libre’ para verter los insultos que quieran. En este sistema tan democrático, unas son más iguales que otros.
Envalentonadas por esta clara arbitrariedad legal, algunas feministas ya han declarado en medios como la cadena Ser que “habría que empezar a hablar de violencia psicológica a las claras e imponer penas”. Claro que matizando a continuación que “sólo cuando  la sufran las mujeres”. Recuerde, lector, aquello de: “Vinieron por mi vecino y no me preocupé…. Hoy, sin embargo, vienen por mi”.

http://www.alertadigital.com/2011/10/18/una-jueza-denuncia-que-ya-hay-espanoles-en-la-carcel-solo-por-decir-a-sus-parejas-vete-a-la-mierda/?mid=5546 

domingo, 27 de mayo de 2012

¿En qué consiste la Custodia Compartida?

"Las expectativas de un niño respecto de sus padres no deben depender del vínculo de la pareja". (Segolène Royal, Ministra de la Familia y la Infancia).

El reconocimiento legal en nuestro país de la CUSTODIA COMPARTIDA AUTOMÁTICA supondrá para los niños españoles ver garantizado, desde su mismo nacimiento, su derecho a continuar relacionándose en igualdad de condiciones con ambos progenitores (y sus respectivas familias) aún cuando se produzca la separación de éstos.
Dicho de otra manera: se trata de que, conforme al artículo 14 de la Constitución, SE RECONOZCA A LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS EL MISMO DERECHO A RELACIONARSE EN IGUALDAD DE CONDICIONES CON AMBOS PROGENITORES QUE SE RECONOCE A LOS HIJOS DE PADRES CASADOS.
SE TRATA DE DEFINIR UN DERECHO COMÚN A TODOS LOS NIÑOS,
CON INDEPENDENCIA DEL ESTADO CIVIL DE SUS PROGENITORES
Y DE QUE ÉSTOS CONVIVAN O NO BAJO UN MISMO TECHO.
S.O.S. PAPÁ no pide la custodia para los progenitores varones. No pedimos tampoco que se otorgue el mismo porcentaje de custodias paternas y maternas...
Porque, salvo casos excepcionales, somos frontalmente contrarios a la custodia monoparental, porque consideramos que es una auténtica aberración y un evidente maltrato psicológico separar arbitraria e innecesariamente a un niño de cualquiera de sus dos progenitores/familias.
Pedimos algo tan lógico y justo como que no se maltrate psicológicamente a los niños apartándolos cruelmente de CUALQUIERA de sus progenitores y prohibiéndoles relacionarse con éste y su familia más allá de unas horas a la semana o 4 días al mes, tortura judicial a la que actualmente se ven sometidos tras la ruptura de la pareja.
Pedimos que la ruptura afectiva de la pareja no implique también para los hijos una drástica ruptura afectiva con uno de sus dos progenitores/familias.
¿Por qué la custodia compartida?
Porque es lo mejor para los niños, porque es la ley natural y un derecho tanto para los hijos como para los padres, porque estamos en el 2010, en Europa, porque la corresponsabilidad parental la recogen las leyes orgánicas nº 15/05 de 8 de julio y nº 3/2007 de 22 de Marzo, para la igualdad de hombres y mujeres, así como el reparto equitativo de los derechos y deberes de ambos padres.
Porque la convención de los derechos del niño en su artículo 18 establece que 1: “los estados partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tiene obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y desarrollo del niño “.También la carta europea de Derechos del niño en su artículo 8.11 dice:”que un padre y una madre tienen la misma responsabilidad conjunta en el desarrollo y educación del menor. También el principio 5 de la recomendación del comité de ministros del consejo de Europa R84 de febrero de 1984,el reglamento del consejo nº 2201703,de 27 de noviembre de 2003.
Recientemente con fecha de 15 de octubre de 2009 se ha ratificado por España, el protocolo nº 7 del convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las libertades Fundamentales, que establece en el artículo 5 :” los cónyuges gozarán de igualdad de derechos y responsabilidades civiles entre si y en sus relaciones con sus hijos, por  lo que respecta al matrimonio ,durante el mismo y en caso de su disolución”,entrando en vigor el día 1 de diciembre de 2009.
En la misma linea, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres, la comunidad de Aragón acoge la custodia compartida de forma preferente. Le ha seguido la comunidad de Navarra, la comunidad de Cataluña - donde es de destacar el plan de coparentalidad - y finalmente este mismo año 2011, se ha aprobado en la comunidad Valenciana la custodia compartida como principio general sin acuerdo de las partes. En estos momentos se está estudiando el tema en Galicia. Lo que falta es insaturar la custodia compartida en todo el estado español y que todos los niños sin distinción, tengan los mismos derechos vivan donde vivan. Parece que todas las informaciones que han llegado a S.O.S PAPÁ van en esa línea.
Y lo mismo ocurre con cientos de estudios internacionales como por ejemplo el informe de 1995 de la División 16 de la American psychological Associatión  ante la comisión USA de bienestar infantil y familiar.o el informe Kelly-Children s adjustement in conflicted marriage and divorce,etc.
Por lo tanto queda demostrado que la no aplicación de la custodia compartida está constituyendo un escándalo en España, siendo un maltrato brutal lo que se está haciendo con los niños en este país desde hace años. Ya está bien de tanto daño.
En países tradicionalmente más avanzados y progresistas en cuestiones sociales que el nuestro (proverbialmente machista e inmovilista), la CUSTODIA COMPARTIDA ha sido ya reconocida legalmente, y sus beneficios -no sólo para los hijos, sino también para ambos progenitores- ampliamente estudiados y aceptados socialmente.
Existen innumerables estudios, realizados sobre todo en países como Suecia, Estados Unidos, Francia, Brasil, Argentina, Canadá, Alemania, Belgica, Holanda, Noruega, Finlandia, Islandia, Italia e incluso España, que demuestran claramente las ventajas de la CUSTODIA COMPARTIDA sobre la custodia exclusiva o monoparental.
Los niños criados bajo un régimen de custodia compartida gozan de:
  • Lazos afectivos estables y estrechos con ambos progenitores y ambas familias
  • Mejor y más sana relación con ambos progenitores
  • Mayor estabilidad emocional
  • Mayor autoestima y confianza en sí mismos
  • Mejores aptitudes sociales
  • Mayor capacidad de adaptación a su entorno
  • Menos posibilidades de padecer SINDROME DE ALIENACION PARENTAL
  • Mejor rendimiento escolar
  • No cambian de residencia y entorno por capricho del progenitor custodio
  • No corren riesgo de perder al progenitor no custodio por capricho del progenitor custodio
  • Menos probabilidades de ser sustraidos por alguno de sus progenitores
  • Se sienten mejor protegidos frente a la hostilidad de las segundas parejas de sus progenitores
  • Están menos expuestos a problemas en la vida adolescente y adulta
Por el contrario, no existe ningún estudio que demuestre que la CUSTODIA COMPARTIDA comporte algún perjuicio para el niño. El argumento habitualmente esgrimido contra la CUSTODIA COMPARTIDA (la alternancia de residencia) no deja de ser una falacia, una excusa interesada o, en el mejor de los casos, producto de la ignorancia.
Contamos entre nuestros socios con padres y madres separados cuyos hijos disfrutan desde hace años de regímenes de CUSTODIA COMPARTIDA, ya sea con alternancia semanal, semestral o anual y, en ocasiones, con residencias paterna y materna situadas en extremos opuestos del país.
Se trata, en todos los casos, de niños felices, sanos y seguros de sí mismos, que mantienen perfectas relaciones con ambos progenitores y familias extensas.
Lo que psicológicamente necesita un niño es estabilidad afectiva y emocional, no estabilidad material o espacial.
Y, obviamente, un niño que se siente querido por ambos progenitores/familias, y que percibe tales lazos afectivos como algo estable y sólido, por fuerza se siente mucho más seguro de sí mismo y estable emocionalmente que otro niño a quien se impide el contacto con uno de sus progenitores/familias, y que percibe que su relación afectiva con éstos últimos depende exclusivamente del capricho de su progenitor custodio.
Por otro lado, si lo meditamos bien, la CUSTODIA COMPARTIDA es algo más habitual y cotidiano en nuestras vidas de lo que creemos, y todos nosotros, inevitablemente, de un modo u otro, hemos sido criados bajo un régimen de CUSTODIA COMPARTIDA, alternando nuestro tiempo de convivencia con diferentes cuidadores y en diferentes lugares...
Desde el momento en que un niño comparte su vida con diferentes personas y en diferentes ambientes, está creciendo bajo un régimen de CUSTODIA COMPARTIDA: un niño que pasa varias horas al día en una guardería o escuela; un niño que se queda habitualmente en casa de sus abuelos mientras los padres trabajan (¿cuántos niños no han crecido bajo un régimen de CUSTODIA COMPARTIDA entre sus progenitores, por un lado, y algún familiar, por otro?); un niño que todos los fines de semana y durante las vacaciones se traslada con sus padres a la casa de campo o de la playa; un niño cuyos padres periódicamente cambian de ciudad y domicilio por motivos laborales; un niño con padres "nómadas" o viajeros; un niño que vive y se educa en un internado, bajo la custodia alternativa de sus padres biológicos y de los Padres Salesianos... Cualquiera de estos supuestos implica un cambio y una alternancia espacial y/o afectiva...
¿Alguien de quienes se oponen tajantemente a la CUSTODIA COMPARTIDA ha puesto en alguna ocasión el grito en el cielo contra alguna de las anteriores circunstancias alegando ser perniciosas para los niños?...
¿Alguna madre, alguna abuela materna, alguna feminista, algún psicólogo/juez/abogado se ha opuesto jamás al hecho de que un niño pase la mitad o gran parte de su vida de su vida al cuidado y en la casa de su abuela materna?...
¿Cuántas madres/psicólogas/juezas, mientras despotrican en los juzgados contra la CUSTODIA COMPARTIDA, dejan habitualmente a "sus" hijos en casa de los abuelos maternos?...
¿Cuántas madres/psicólogas/juezas se niegan a permitir, "en interés del menor", que un padre vea a sus hijos más allá de unas horas a la semana y, sin embargo, no encuentran inconveniente en dejar a los suyos durante horas en guarderías, en casa de sus abuelos, o en manos de asistentas o niñeras?...
¿Cuántos padres, que estarían encantados de desempeñar gratuitamente el papel de "niñeros" de sus propios hijos, tienen que conformarse con verlos de lejos mientras juegan en el parque, la guardería o el colegio?...
¿Cuántas madres/feministas/psicólogos/jueces/abogados que se oponen a la CUSTODIA COMPARTIDA alegando que "el cambio de domicilio perjudica al niño" , apoyan y amparan sin embargo a las mamás custodias que, caprichosamente y con un fin meramente punitivo del otro progenitor, cambian reiterada e injustificadamente su residencia, desarraigando al niño de su entorno, colegio, familia, comunidad, e impidiéndole relacionarse normalmente con su padre?...
...Parece evidente que quienes se oponen a la CUSTODIA COMPARTIDA no lo hacen tanto "en interés del menor" como en interés de la madre, y en perjuicio del ex-marido, del padre, del hombre... y, por supuesto, del propio hijo.
...Parece obvio que quienes se oponen a la CUSTODIA COMPARTIDA no lo hacen tanto porque consideren perjudicial para el niño un cambio de entorno, como por el hecho de que en ese régimen de alternancia participe la figura paterna, en igualdad de condiciones y derechos que la materna...
Y es que, el fondo, no se trata más que de un problema de rancio machismo disfrazado de baratas excusas seudo-psicológicas.
¿QUÉ OTRAS VENTAJAS PROPORCIONA LA CUSTODIA COMPARTIDA?
"Las injusticias de hoy, son las guerras de mañana".
- Los resentimientos son previsibles y habituales tras una separación. En un contexto legal-judicial que garantice la justicia e igualdad entre las partes, esos sentimientos acaban por desaparecer o, al menos, no tienen por qué incrementarse. La custodia exclusiva (parte ganadora/parte perdedora) genera una guerra donde no necesariamente existía previamente; exacerba el odio mutuo y alimenta actitudes destructivas, así como la instrumentalización de los hijos. Nadie sale favorecido como persona en este tipo de situaciones, ni siquiera el progenitor custodio que, a costa de la felicidad de sus propios hijos, consigue su propósito de apropiarse de ellos y destrozar la vida del otro progenitor.
- En los países en los que se ha aprobado la CUSTODIA COMPARTIDA, se ha producido una significativa reducción del índice de separaciones y divorcios: en estos países la separación ha dejado de suponer para las mujeres un negocio tentador que ponía invariablemente en sus manos no sólo a los hijos, sino también la casa, pensiones alimenticias y compensatorias y, con todo ello, la posibilidad de una venganza infalible sobre su ex-marido.
- Aún produciendose finalmente la separación o el divorcio, una vez desaparecida la dinámica de "parte ganadora/parte perdedora", el divorcio contencioso deja de ser tentador para las mujeres. Cobra fuerza, por el contrario, el MUTUO ACUERDO y la MEDIACIÓN, que habrán de fomentar las instituciones.
- La custodia exclusiva o monoparental se caracteriza por su alta litigiosidad. La CUSTODIA COMPARTIDA, al garantizar a ambos progenitores su derecho a relacionarse y convivir con sus hijos, reduce considerablemente la litigiosidad entre los progenitores tras el divorcio.
- La CUSTODIA COMPARTIDA obliga al diálogo y a las mutuas concesiones entre los progenitores separados, por el propio interés de ambos. En efecto: el progenitor a cuyo cargo se encuentran los hijos durante uno de los períodos de alternancia se siente estimulado a facilitar la relación de éstos con el otro progenitor, pues sabe que de esta actitud cordial depende el no perder contacto con sus hijos cuando éstos se encuentren residiendo con el otro progenitor.
- La custodia exclusiva conlleva transferencias económicas cuya utilización queda fuera del control de quien las realiza; la CUSTODIA COMPARTIDA supone un régimen económico de pagos directos, lo que contribuye también a reducir las disputas.
- Las pensiones asociadas a la custodia exclusiva favorecen el parasitismo social de una de las partes y la desincentivación económica y profesional de la otra; la CUSTODIA COMPARTIDA, al eliminar esos factores de desincentivación, favorece un aumento del nivel vida de los hijos y supone un claro beneficio para la sociedad.
- Las custodias exclusivas, al impedir de modo injusto y absurdo la relación entre hijos y progenitor no custodio, favorecen el que éstos, llevados por la desesperación y la impotencia, se lleven consigo a sus hijos fuera del país, como único medio de preservar su relación con éstos. La CUSTODIA COMPARTIDA, al garantizar el derecho de relación y convivencia de los hijos con ambos progenitores, reduce considerablemente esta posibilidad, lo cual redunda en beneficio de todos.
La CUSTODIA COMPARTIDA no sólo es la única solución al secuestro y maltrato materno-judicial que padecen nuestros hijos, sino que contribuirá de modo muy significativo a reducir la violencia doméstica.
Recientemente, Amnistía Internacional hizo público un informe según el cual el 90 % de los casos de malos tratos se producen durante las separaciones... ¿A quién puede extrañarle?...
LA DISCRIMINACIÓN Y LA VIOLENCIA GENERAN A SU VEZ VIOLENCIA,
y es incuestionable la situación de discriminación, maltrato y violencia a que se ven sometidos los padres separados: de la noche a la mañana, de modo injusto y arbitrario, pasan a ser tratados por el sistema como meros criminales: pierden a sus hijos, pierden su hogar, pierden su dignidad y, en muchos casos, se ven abocados a la ruina económica y a hundirse psicológicamente en profundas depresiones...
No existen para ellos casas de acogida, ni organismos oficiales que les presten apoyo psicológico, asesoría jurídica ni ayudas de ninguna otra clase...
Se ven sometidos, tanto ellos como sus hijos, a una situación de completo desamparo judicial e institucional...
Ésta sí es violencia de género cometida contra los varones por parte de las mujeres y el Estado.
El tormento que tal injusticia supone, aunada con la más absoluta sensación de impotencia, empuja en ocasiones a estos hombres a la desesperación y a la autodefensa violenta...
¿A quién puede extrañarle?.
En realidad, puede afirmarse que, durante las separaciones, el 100% de los padres son víctimas de esta violencia de género y, como reacción a la misma, algunos de estos padres recurren a autodefenderse de un modo también violento.
Así pues, puede afirmarse que quienes se oponen a la CUSTODIA COMPARTIDA no hacen sino fomentar, consciente o inconscientemente, la violencia doméstica.

sábado, 10 de marzo de 2012

La revista clínica francesa "Les Journal des Psychologues’"dedica su número de febrero de 2012 de forma monográfica al síndrome de alienación parental (SAP)


14 de Febrero de 2012
L´enfant sous emprise:le Syndrome d´alienation parentale






 El síndrome de alienación parental sigue siendo uno de los problemas mas graves que está sufriendo la infancia en España.Hasta ahora las soluciones en los juzgados de familia ,a pesar del grave escándalo que supone,la solución que siguen imponiendo es la dejadez y el pasotismo,o sea la ley del mínimo esfuerzo,el no hacer nada o ya se arreglará con los años.Cuando lo quieren solucionar siempre es demasiado tarde.

 

IV Congreso Internacional SAP y Custodia Compartida,en Valencia ,29,30 y 31 de Marzo 2012

31 de Marzo de 2012
El derecho Humano al respeto de la vida familiar
IV Congreso SAP Y CC
IV Congreso SAP Y CC

Enlaces de Interés


“El derecho Humano al respeto de la vida familiar”


Estimados amig@s :
Después de los éxitos conseguidos en el I, II Y III Congreso Internacional sobre Síndrome de alienación Parental y Custodia Compartida (celebrados en León,Alcalá de Henares (Madrid) y Zaragoza y en nombre del comité organizador ,tenemos la satisfacción de presentaros el IV Congreso Internacional, que tendrá lugar en la ciudad de Valencia los días 29, 30 y 31 de Marzo de 2012.

Nuestra sede para la celebración del congreso será el Palacio de Colomina, Universidad CEU San Pablo, en la calle Almudín nº1.
El gobierno de la comunidad autónoma Valenciana es protagonista de un hito histórico a través de la aprobación de la ley de custodia compartida, pionera en España y que será referente para el resto del país.
Por ello queremos felicitar al Gobierno de Valencia por esta ley, que es pionera, histórica y acorde al siglo XXI. Al mismo tiempo queremos felicitar al Gobierno de Valencia, por el inestimable apoyo mostrado a este IV Congreso Internacional.
Contamos también con el gran apoyo de la Sociedad Española de Psiquiatría Forense.

Es importante señalar que este es un congreso en el que la temática del síndrome de alienación parental y custodia compartida se realiza desde un enfoque estrictamente sanitario, es decir, un trastorno de salud mental y también jurídico con la ley de custodia compartida. En definitiva es un congreso de interés científico y sanitario.
A la vez Consideramos que es necesario llamar la atención de la sociedad sobre esta problemática. Afortunadamente en los últimos años se ha producido un continuo movimiento e inquietud científica por la temática de estos Congresos, pero no es suficiente.

Cada vez hay más estudios, grupos de trabajo, y publicaciones que profundizan en esta situación. La sociedad actual, que va muy por delante de la legislación vigente, hace mucho tiempo que reclama avanzar en cuestiones tanto sanitarias, como sociales, jurídicas y legales relacionadas con esta materia. Y aunque se han dado grandes pasos en algunas autonomías, estos Congresos se han convertido en un punto de inflexión que nos permitirá evolucionar definitivamente como sociedad.

Debido a la vital importancia de la temática del Congreso, y que afecta a un colectivo tan importante y sensible como los niños y sus padres y madres, hemos reunido como siempre a un elenco de especialistas nacionales e internacionales que nos ayudarán a profundizar de nuevo, con seriedad y rigor, en diferentes aspectos de una cuestión trascendental para la vida de muchos niños y sus padres.
El principal objetivo es explicar y analizar profundamente todos los aspectos que inciden directa o indirectamente en el mismo y que causa situaciones traumáticas, en la mayoría de las ocasiones absolutamente innecesarias, fundamentalmente a los niños pero también a sus padres.

La celebración de los Congresos Internacionales de S.A.P. (Síndrome de Alienación Parental) y Custodia Compartida, definirán el futuro de nuestros niños. Que por supuesto es lo más importante.
Por todo ello estamos seguros de que una vez mas es una oportunidad única, que no podemos dejar pasar de largo. No puedes desaprovechar una ocasión única de escuchar en directo los planteamientos de estos especialistas, de participar en los debates, de realizar esas preguntas que necesitan respuesta y de profundizar en un asunto de máxima urgencia , que definirá el futuro de nuestros niños, que por supuesto es lo mas importante y bajo ningún concepto podemos abandonarlos a su suerte. Existen soluciones, tal y como ha demostrado el Gobierno de la Comunidad Valenciana y tenemos que aplicarlas.
Y más aún, cuando la sede del IV Congreso es la comunidad Valenciana, donde se ha aprobado la Ley de Custodia Compartida más avanzada de toda España, equiparable a las más modernas legislaciones de Europa y del mundo.
Valencia y sus gentes, un entorno singular con un componente cultural y lúdico de reconocido prestigio internacional, nos acogerán y nos permitirán disfrutar durante este congreso.
Por todo ello, os invitamos a tod@s a participar en este IV Congreso Internacional.
Os esperamos en Marzo, en Valencia.

Juan Carlos Presa Pereira
Presidente del comité Organizador