- La Fiscalía invoca el principio de tutela judicial efectiva
- Considera que no se puede saber si la condenada decía la verdad
José A. Cano | Granada
Actualizado miércoles
14/09/2011 14:50 horas
La Fiscalía provincial de Granada ha recurrido la condena a un año y medio de cárcel a la mujer
que acusó falsamente de maltrato a su ex marido, por considerar que "no se
dan los elementos objetivos" para considerar que incurrió en denuncia
falsa o su padres en falso testimonio. En la sentencia el magistrado del Penal
1 ya criticaba que el Ministerio Público apoyase a la mujer pese a las pruebas.
La Fiscalía provincial de Granada ha presentado
recurso frente a la Audiencia provincial contra esa condena. El Ministerio
Público argumenta que la sentencia incurriría en infracción de los preceptos
constitucionales de tutela judicial efectiva y presunción de inocencia contra
la mujer y sus padres, condenados por falso testimonio, ya que "no se
dan los elementos objetivos" suficientes para considerar que
incurrieron en los delitos que se les atribuyen.
Se da la circunstancia de que la sentencia emitida por
el juez titular del Penal 1 de Granada, Manuel Píñar, cargaba duramente contra
lo que considera un "posicionamiento ideológico" de la Fiscalía
General del Estado, por impedir que la "adecuada persecución de algunas
falsas denuncias", una conclusión que sostuvo porque durante el juicio la
Fiscalía provincial de Granada llegó a pedir la libre absolución de la mujer.
El magistrado defendía en su sentencia que "no
hay que rasgarse las vestiduras" porque haya personas que intenten
aprovecharse de la medidas de protección a las víctimas de la violencia de
género, ya que las denuncias falsas se producen en otros muchos aspectos de la
legislación, poniendo como ejemplo los seguros. Lo que si lamentó es que el
Ministerio Público "desatienda su deber de acusar ante tan evidente
falsedad", señalando a las supuestas instrucciones de la Fiscalía
General del Estado.
El caso concreto se refiere a las acusaciones vertidas
por su ex pareja contra Sebastián Martínez, vecino de Granada que tiene una
hija en común con la condenada. Lo denunció en 2007 por supuestamente dedicarse
a realizarle llamadas amenazantes y acosarla desde su separación. Aunque
finalmente fue absuelto, durante casi tres años, pesó sobre él una orden de
alejamiento de la madre que le impidió ver a su hija con normalidad.
Ahora, la Fiscalía responde argumentando que en la
sentencia absolutoria del Penal 6 de Granada se absolvía al ex marido no por
considerar que la mujer hubiese incurrido en denuncia falsa, sino porque no
se encontraba prueba de cargo suficiente para condenarlo. Así, considera
que ni los padres ni la mujer pudieron incurrir necesariamente en falso
testimonio aunque no se pueda demostrar si decían la verdad.
En el juicio contra el ex marido, los padres de la
condenada llegaron a afirmar que cuando él la llamaba, ella conectaba el
altavoz del teléfono para que ellos también escuchasen las amenazas,
supuestamente insultándola y vejándola y diciéndole que iba a quitarle a su
hija.
Sin embargo, estos hechos se consideran probados
como falsos, y el juez de Penal 1 ha considerado que los ex suegros dieron
falso testimonio también a sabiendas, por lo que sus afirmaciones
"despedían tufo a zafia falsedad". Los hechos probados señalan,
además, las numerosas contradicciones en el testimonio de la propia
denunciante.
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